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Violencia

Delito de Violación Prematrimonial:
Costa RicaEtiopíaLíbanoPerúUruguay

Delito de Violación en el Matrimonio:
IndiaMalasiaNueva Guinea PapúaRepública Federal de Yugoslavia--República de Serbia

Violencia Domestica:
Nigeria

Homicidios de Honor:
JordaniaMarruecosSiria

Sanciones del Estado:
Irán

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Delito de Violación Prematrimonial

Costa Rica

 El Código Penal:

Derogada Artículo 93. También se extingue la pena, el perdón que en sentencia podrán otorgar los jueces al condenado, previo informe que rinda el Instituto de Criminología sobre su personalidad, en los siguientes casos:

. . . .

(8) A los autores de delitos comprendidos en el inciso anterior [secuestro, violación o agresión indecente] que manifesten su intención de casarse con la ofendida mayor de 15 años, ésta consienta, el Patronato Nacional de la Infancia también lo haga expresamente y todas las circunstancias del caso indiquen que la oposición al matrimonio, por parte de quien ejerce la patria potestad, es infundada e injusta. . . .

 Nota: Artículo 33 de la Constitución de Costa Rica: "Todo hombre es igual ante la ley y no podrá hacerse discriminación alguna contraria a la dignidad humana."

Contacto: Costa Rica

President Abel Pancheco
Casa Presidencial, Oficinas Presidenciales
Apartado 520-2010 Zapoto
San Jose, Costa Rica
Telefono: 506-253-45-11
Numero de fax: 506-253-90-78
Correo electronico:
rherrera@ns.casapres.go.cr

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ACTUALIZACIÓN: MARZO 2000


Etiopía

El Código Penal del Imperio de Etiopía, 1957:

Artículo 558. Secuestro (rapto).

 (1) Todo aquel que secuestrara una mujer mediante violencia, u obteniendo su consentimiento mediante amenaza de violencia, engaño o falsedad, será castigado con prisión de hasta tres años.

(2) Cuando la mujer secuestrada, contraiga responsable y libremente matrimonio válido con el secuestrador, se podrá iniciar juicio de separación sólo en caso de que tal matrimonio sea posteriormente anulado judicialmente.

Artículo 599. No Procesamiento en el Supuesto de Posterior Matrimonio.

Cuando la victima de violación, asalto o seducción indecente, abuso de situación angustiosa o dependencia, contraiga matrimonio libremente con el ofensor y tal matrimonio no sea declarado nulo y sin efecto donde se contrajo, no se iniciaran acciones penales algunas. Donde ya se hayan seguido procesos y hayan concluido con condena, la sentencia se considerará cumplida.

Nota: Artículo 25 de la Constitución de Etiopía: "Todas las personas tendrán derechos y garantías iguales y adecuadas sin diferenciación de ningún tipo como la raza, la nación, la nacionalidad, el color, el sexo, lenguaje, la religión, la origen social o política, la propiedad, el nacimiento u otro índole.

Contacto: Etiopía

H.E. President Girma Woldegiorgis
Office of the President
P.O. Box 1031
Addis Ababa, Ethiopia
Telefono: 251-1-55-02-24
Numero de fax: 251-1-55-20-20
H.E. Prime Minister Meles Zenawi
Office of the Prime Minister
Addis Ababa, Ethiopia
Numero de fax: 251-1-51-77-75

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ACTUALIZACIÓN: NOVIEMBRE 1999


Líbano

El Código Penal:

Artículo 522. En el supuesto de que un matrimonio en forma legal sea contraído entre una persona que haya cometido alguno de los delitos mencionados en este capítulo [incluyendo el de violacíon, secuestro y estupro] y la víctíma, la acusación será retirada y en caso de que ya se haya pronunciado sentencia, la ejecución de la misma será suspendida.

La acusación o la ejecución de la pena serán reanudadas antes del transcurro de tres años para los casos de faltas y de cinco para los de delitos, si el matrimonio termina con divorcio de la mujer, sin una razón legítima, o con un divorcio que sea decidido por el tribunal en favor de la mujer.

Nota: Artículo 7 de la Constitución de Líbano: "Todos los libaneses son iguales ante la ley. Ellos disfrutan de los derechos civiles y políticos iguales e igualmente tienen obligaciones y deberes públicos sin ninguna diferenciación."

Contacto: Líbano

President Emile Geamil Lahoud
Office of the President
Presidential Palace
Beirut, Lebanon
Correo electronico:
info@lp.gov.lb
Prime Minister Rafiq Hariri
Office of the Prime Minister
Government Palace
Beirut, Lebanon

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 Perú

 El Código Penal:

Derogada Artículo 175. El que mediante engaño, practique el acto sexual u otro análogo, con una persona entre 14 años y 18, años será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de tres años o con prestación de servicio comunitario de treinta a setenta y ocho jornadas.

Derogada Artículo 178. En el caso del Artículo 175, el agente quedará exento de la pena si contrae matrimonio con la victima siempre que esta preste su libre consentimiento, con arreglo a ley.

Nota: Artículo 2 de la Constitución de Perú: "Toda persona tiene su derecho:. . . a la igualdad ante la Ley, nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquier otra indole." La exención de penalidad por contraer matrimonio con la víctima era aplicada anteriormente a todos los crímenes sexuales bajo las leyes de Perú. La ley fue modificada recientemente para limitar la aplicación de la exención a los crímenes establecidos en el Artículo 175.

Contacto: Perú

President Dr. Alejandro Toledo
Palacio del Gobierno
Office of the President
1 Lima, Peru
Numero de fax: 51-1-426-6401

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ACTUALIZACIÓN: NOVIEMBRE 1999


Uruguay

 El Código Penal:

Artículo 116. Extinción del Delito por Casamiento.

 El matrimonio del ofensor con la ofendida extingue el delito o la pena en su caso, tratándose de los delitos de violación, atentado violento al pudor, estupro o rapto.

 Nota: Artículo 8 de la Constitución de Uruguay: "Todas las personas son iguales ante la ley no reconociendose otra distinción entre ellas sino la de los talentos o las virtudes."

Contacto: Uruguay

President Dr. Jorge Batlle
Av. Dr. Alberto de Herrera 3350
Edificio Libertad Presidencia
Montevideo, Uruguay
Telefono: 598-2-4872110
Correo electronico:
Presidente@presidencia.gub.uy

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Delito de Violación en el Matrimonio

India

El Código Penal:

Sección 375. Excepción [para la definición de violación en la Sección 375]: El acto sexual entre un hombre y su esposa, no siendo ésta menor de dieciséis años, no se considera violación.

Nota: Artículo 15 de la Constitución de la India: "El estado no discriminará contra ningún ciudadano basandose solamente en religión, raza, casta, sexo, lugar de nacimiento o ninguno de estos."

Contacto: India

President Abdul Kalam
Office of the President
Rashtrapti Bhavan
New Delhi 110004, India
Hon. Atal Bihari Vajpayee
Prime Minister
Office of the Prime Minister
South Block Gate N.6
New Delhi 110001, India

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Malasia

 El Código Penal:

Seccíon 375. Excepción [a la definición de violación en la Sección 375]: Las relaciones sexuales de un hombre con su propia esposa de un matrimonio que es valido bajo cualquier ley escrita que esta en vigor durante tal periodo, o es reconocida como valida en la Federación, no es una violación.

 Nota: Artículo 8 (1) de la Constitución de Malasia: "Todas las personas son iguales ante la ley y tienen derecho a la protección igual de la ley."

Contacto: Malasia

HS Tuanku Syed Sirajuddin
ibni al-Marhum
Tuanku Syed Putra Jamalullail
Istana Negara
Kuala Lumpur, Malaysia
Dato Seri Dr. Mhathir bin Mahamad
Hisamuddin Alam Shah
Prime Minister's Office
Federal Government Administration Center
Bangunan Perdana Putra
62502 Putrajaya, Malaysia
Telefono: 60-3-88888000
Numero de fax: 60-3-88883444
Correo electronico:
ppm@smpke.jpm.my

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Papúa nueva guinea

Sección 357 del Codígo Penal de 1974:

. . . todo aquel que tuviese contacto carnal con una mujer que no fuese su esposa, sin su consentimiento o con su consentimiento, pero obtenido por la fuerza . . . será castigado por delito de violación.

 

Contacto: Papúa Nueva Guinea

Prime Minister Sir Michael Somare
Office of the Prime Minister
P.O. Box 639
Waigani 131 NCD, Papua New Guinea
Telefono: 675 327 6525
Numero de fax: 675 323 3943
Correo electronico:
primeminister@pm.gov.pg

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República Federal de Yugoslavia-República de Serbia

Artículo 103(1) del Código Penal:

Derogada Todo aquel que compeliera a una mujer a tener relaciones sexuales con la que no conviviera en comunidad marital, usando fuerza o amenaza de causar daño a su integridad física, o a la de alguien próximo a ella, será castigado con pena de prisión de uno a diez años.

Nota: Artículo 20 (1) de la Constitución de la República Federal de Yugoslavia: "Todos los ciudadanos son iguales sin consideración a su nacionalidad, raza, sexo, lenguaje, religión, creencias políticas o otras, educación, origen social, propiedad, u otro estado personal."

Contacto: República de Serbia

President Svetozar Marovic
President of Serbia and Montenegro
Palata Federacije
Bulevar Lenjina 2
11000, Beograd
Yugoslavia

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 La Violencia Domestica

Nigeria

 El Código Penal de Nigeria del Norte:

Sección 55. La Corrección del Niño, Alumno, Sirviente o Esposa

 (1) No es un delito el acto que no cause un daño grave a una persona cuando es causado:

(a) por uno de los padres o tutor con el proposito de corregir su niño o pupilo, y tal niño o pupilo tiene menos de dieciséis años de edad; o

(b) por un maestro con el proposito de corregir un niño quien tenga menos de dieciséis años de edad y que esta a su custodia; o

(c) por un dueño con el proposito de corregir su sirviente o aprendiz, y tal sirviente o aprendiz tiene menos de dieciséis años de edad; o

(d) por un marido con el proposito de corregir su esposa, tal marido y mujer siendo sujetos a cualquier ley nativa o costumbre en la cual se reconoce como legal tal corrección.

Ninguna corrección es justificada si la misma es irrazonable en tipo y grado, considerando la edad y condición física y mental de que la persona a quien se le impone; y ninguna corrección es justificada en el caso de que la persona quien, por razón de tierna edad u otra razón, es incapaz de entender el proposito por que se impone.

 Nota: Artículo 41 de la Constitución de Nigeria: (1) Un ciudadano de Nigeria de una comunidad particular, un grupo étnico, lugar de origen, circunstancias de su nacimiento, el sexo, la religión u opinión política no sera, por la razón solamente de ser tal persona - (a) sujeto expresamente, o en la aplicación practica de, cualquier ley vigente en Nigeria . . .a la cual no están sujetos ciudadanos de Nigeria de otras comunidades, grupos étnicos, lugares de origen, circunstancias de nacimiento, sexo, religiones o opiniones políticas . . . ."

Contacto: Nigeria

President Olusegun Obasanjo
Presidential Villa
State House, Aso Rock
Abuja, Nigeria
Numero de fax: 234-95-232-138

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ACTUALIZACIÓN: MARZO 2000


Homicidios de Honor

Jordania

 El Código Penal (No. 16, 1960):

Derogada Artículo 340. Aquel que sorprendiera a su esposa o a una de sus familiares cometiendo adulterio y la matara, hiriese o injuriase a una o a los dos, está exento de pena alguna. Quien encuentre a su esposa, o alguna de sus familiares mujeres o hermanas en una cama ilegal y el mata, hiere o hace daño a uno o a los dos, se beneficiará de una reducción de castigo.

Contacto: Jordania

King Abdullah (II) ibn al-Hussein al-Hashimi
Royal Palace
Amman, Jordan
Correo electronico:
info@nic.gov.jo

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ACTUALIZACIÓN: NOVIEMBRE 1999

ACTUALIZACIÓN: MARZO 2000


 Marruecos

El Código Penal:

Artículo 418. El delito de homicidio, lesiones y golpeo estarán justificados, si son cometidos por el marido contra su mujer en el momento en que aquél la sorprendiere cometiendo adulterio. Asimismo, estará justificada la complicidad en dichos delitos.

Nota: Artículo 5 de la Constitución de Marruecos: "Todos los ciudadanos marroquís serán iguales ante la ley."

Contacto: Marruecos

Prime Minister Driss Jettou
Royal Palace--Le Méchouar
Rabat, Morocco
Numero de fax: 212-7-76-99-95

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Siria

 El Código Penal:

Artículo 548.

 1. Quien encuentre a su esposa o uno de sus familiares mujeres o hermana comitiendo adulterio (flagrante delicto) o actos sexuales ilegítimos con otro y el mato o hirió uno o los dos de ellos se beneficiará de una exención de castigo.

 2. Quien encuentre a su esposa o uno de sus familiares mujeres o hermana en estado "sospechoso" con otro (attitude équivoque) se beneficiará de un reducción del castigo .

Nota: Artículo 45 de la Constitución de Siria: "El estado garantiza a las mujeres todas las oportunidades que les permita a participar efectivamente y totalmente en la vida social, cultural y económica. El estado suprime todas las restricciones las cuales evitan el desarrollo de la mujer y su participación en la construcción de una sociedad Árabe socialista."

Contacto: Siria

President Bashar al-Assad
Office of the President
Damascus, Syria
Prime Minister Muhammad Mustafa Miru
Office of the Prime Minister
Damascus, Syria

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Sanciones Del Estado

Irán

 El Código Penal :

Artículo 74. El adulterio, si punible por flagelación o apedreada, puede ser demostrado con la prueba verbal de cuatro hombres justos o de tres hombres justos y dos mujeres justas.

Artículo 75. Si el adulterio es punible solamente por flagelación, se puede comprobar con la prueba verbal de dos hombres justos y cuatro mujeres justas.

Artículo 76. La prueba verbal de mujeres solamente o en conjunto con la prueba verbal de un hombre justo no puede comprobar el adulterio pero constituirá una denuncia falsa la cual es punible.

Artículo 100. La flagelación de un adultero sera ejecutada mientras el esta parado recto y su cuerpo desnudo menos sus órganos genitales. Los latigazos darán todas las partes de su cuerpo - menos su cara, cabeza y órganos genitales - con toda fuerza. La adultera sera flagelada mientras esta sentada y envuelta en su vestido apretadamente.

Artículo 102. La apedreada de un adultero o una adultera sera ejecutada mientras cada uno esta en un hueco y enterrado con tierra, el hasta su cintura y ella hasta una linea sobre sus senos. [Bajo ley Islámica, si una persona llega ha escaparse mientras la apedrean, esa persona quedara libre. Al hombre se le hace mas fácil el escape porque esta enterrado solamente hasta la cintura.]

Artículo 300. El dinero ensangrentado para el homicidio de primer o segundo grado de una mujer musulmana sera mitad del de un hombre musulmán asesinado.

 Libro 5 de la Ley de Castigos Islámicos, Delitos Contra la Ética y la Decencia Publica:

Artículo 635. Mujeres quienes se presentan en publico sin el vestido ordenado por ley Islámica (hejab-e shar'i), serán condenadas a cualquiera de los dos castigos, encarcelamiento de entre 10 días hasta 2 meses o una multa de entre 50,000 y 500,000 riales.

Nota: Artículo 20 de la Constitución de Irán: "Todos los ciudadanos del país, hombres y mujeres, disfrutan igualmente de la protección de la ley y también disfrutan de todos los derechos humanos, políticos, económicos, sociales y culturales, conforme al criterio Islámico."

Contacto: Irán

President Seyed Mohammad Khatami
Office of the President
Palestine Avenue & Azerbaijan
Tehran, Iran
Telefono: 98-21-6191
Numero de fax: 98-21-646-4443

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Accion Mujeres 16.1