|
Palabras y
Acciones: Haciendo a los Gobiernos Responsables en el
Proceso de Evaluación de Beijing +
5
En julio de 1999 Igualdad Ya
lanzó un Acción Mujeres, en la que se hizo
resaltar una muestra representativa de leyes que discriminan
a las mujeres vigentes en 45 países. En actualidad
Igualdad Ya y los demás adherentes a la
campaña han hecho un llamado a los gobiernos para
que, previo a la Sesión Especial Beijing +5 de la
Asamblea General de las Naciones Unidas, a efectuarse del 4
al 9 de junio próximos, deroguen o enmienden todo
cuerpo legal que discrimine contra la mujer. Este llamado se
fundamenta en el Párrafo 232(d), de la Plataforma de
Acción de Beijing, que insta a los estados a
"
revocar cualesquiera leyes restantes que discriminen
por motivos de sexo" y en la Sección IV del borrador
del Documento de Resultados para la Sesión Especial,
que insta a los estados a "derogar toda ley discriminatoria
antes del 2005". Desde la publicación del primer
informe de avance en noviembre de 1999 se han producido una
serie de acontecimientos respecto de la reforma de leyes
discriminatorias en diferentes países del mundo,
entre los cuales destacamos los siguientes:
Alemania:
En enero pasado la Corte Europea de Justicia falló un
recurso presentado por la ciudadana alemana Tanja Kreil en
contra del rechazo de su postulación a la
sección de Mantenimiento de Electrónica de
Armamentos de las Fuerzas Armadas Federales. La Corte
dictaminó que el Artículo 1, Inciso 2 de la
Ley de las Fuerzas Armadas y el Artículo 3, Letra a
del Reglamento de la Carrera Militar, los que excluyen a la
mujer de carreras militares que involucren el uso de
armamento y restringen su participación a servicios
médicos y bandas musicales, transgreden el principio
de igualdad en el empleo expresado en la Normativa
76/207/CEE promulgada el 9 de febrero de 1976 por el Consejo
de la Unión Europea.
Costa
Rica: El Presidente de la
República informó a Igualdad Ya que el
Artículo 93, Inciso 8 del Código Penal, que
eximía del cumplimiento de la pena al autor de un
delito de abusos deshonestos, rapto o estupro que
manifestara su intención de casarse con la
víctima, ha quedado derogado en parte por la
promulgación en agosto de 1999 de la Ley Contra la
Explotación Sexual de las Personas Menores de Edad.
De esta forma, el Artículo 93, Inciso 8 queda en los
hechos sin efecto respecto de los delitos de estupro y
abusos deshonestos, aún cuando se mantienen vigentes
sus disposiciones sobre el delito de rapto.
Jordania:
En enero pasado la Cámara Inferior del Parlamento
jordano rechazó en segundo trámite una
enmienda del Artículo 340 del Código Penal, el
que rebaja las penas a los hombres que matan a mujeres
familiares en casos de "homocidios de honor". Esta enmienda,
que ya había sido derrotada por amplia mayoría
en la Cámara Inferior en noviembre de 1999,
debió someterse a segundo trámite a
raíz de su aprobación en la Cámara Alta
(Senado) en diciembre de 1999. Los oponentes a la enmienda
argumentaron que ésta fomentaría "la
delincuencia social generalizada". La propuesta se
presentará ante una sesión plenaria de ambas
cámaras para su votación definitiva antes del
cierre del actual período de sesiones. En protesta
por el rechazo de la enmienda en la Cámara Inferior,
una coalición de grupos de mujeres, periodistas,
abogados y otros adherentes realizó en febrero del
2000 una marcha y concentración para exigir la
derogación del Artículo 340. Según
informaciones de la agencia Reuter, a la marcha asistieron
hombres y mujeres, entre ellos los príncipes Ali y
Ghazi, miembros de la casa real.
Kenia:
En diciembre de 1999 se aprobó en el Parlamento
la idea de legislar sobre la igualdad. El Ministerio de
Justicia y FIDA-Kenya están trabajando en la
elaboración del proyecto de ley, el que se
presentará al Parlamento en marzo para su
trámite en junio del 2000.
Kuwait:
El 23 de noviembre de 1999 la Asamblea Nacional
rechazó por dos tercios un Decreto del Emir que
concedía a la mujer el derecho de votar y a
presentarse a cargos de elección pública.
Diversos parlamentarios liberales y religiosos moderados
también votaron en contra, argumentando que el
Decreto, promulgado mientras la Asamblea Nacional se
encontraba en receso, representaba una utilización
inconstitucional de las facultades del Emir. Con
posterioridad a la votación se presentó ante
la Asamblea Nacional un proyecto de ley idéntico al
decreto del Emir, el que fue derrotado el 30 de noviembre
por 32 votos contra 30. El gobierno se ha comprometido a
presentar nuevamente el proyecto de ley y ha otorgado
facultades ministeriales a la Subsecretaria de
Educación, Sheika Rasha al-Sabah. En tanto, mujeres
kuwaitíes a quienes se negó el derecho a la
inscripción en los registros electorales iniciaron
acciones legales en contra de la medida.
Nigeria:
En octubre de 1999, el estado de Zamfara, región
predominantemente musulmana del norte de Nigeria,
proclamó la vigencia de la ley islamica Shari'a.
Según informaciones del periódico Post
Express, el Gobernador de Zamfara expresó que
instauraba la Shari'a para combatir la prostitución,
el juego de azar y otros vicios. A las mujeres solteras se
les dio un plazo de tres meses para contraer matrimonio so
pena de perder sus puestos de trabajo, y se prohibió
a las mujeres viajar junto con los hombres en el sistema de
transporte público. En febrero pasado los
gobernadores de Níger y Sokoto, también
estados del norte de Nigeria, firmaron sendos decretos para
instaurar la ley islámica Shari'a partir de mayo
próximo. Se informa además que los
gobernadores de los estados de Kano y Yobe contemplan
aplicar iniciativas similares. Una coalición de
organismos de mujeres nigerianas emitió una
declaración conjunta, expresando que estas
restricciones son inconstitucionales y haciendo un llamado
al gobierno a tomar medidas.
Ruanda:
El Ministro de Género y Mujer en Desarrollo
informó a Igualdad Ya que el gobierno se encuentra
revisando todas las leyes que discriminan contra la mujer,
especialmente en el ámbito del empleo y de derechos
familiares, y que se contempla además revisar los
Códigos Penal y de Nacionalidad. En noviembre de 1999
el Parlamento aprobó una Ley de Régimen
Matrimonial, Liberalidades y Sucesión que otorga
iguales derechos a la mujer ante el matrimonio, la propiedad
conyugal y los derechos sucesorios.
Turquía:
La Misión de Turquía ante las Naciones
Unidas informó a Igualdad Ya que se presentó
al Parlamento una reforma al Código Civil que,
según las normas de procedimiento del Parlamento
turco, se está tratando actualmente en comisiones. El
texto de la reforma modifica el Artículo 88 del
código actual, el cual establece edades
mínimas para contraer matrimonio de 17 años
para hombres y de 15 años para mujeres. La norma
también modifica los Artículos 152 y 154 del
código actual, que nombran al marido como jefe de la
sociedad conyugal. De ser aprobada, la reforma al
Código Civil elevará la edad mínima
para contraer matrimonio a 18 años para ambos sexos y
permitirá a las mujeres compartir la responsabilidad
por la administración de los bienes
conyugales.
Venezuela:
En diciembre de 1999 el pueblo venezolano aprobó
en un plebiscito una nueva Constitución. La carta
fundamental deroga los Artículos 37 y 38 de la
anterior Constitución, los que impedían a las
venezolanas transferir su nacionalidad a cónyuges
extranjeros. El Artículo 33 de la nueva
Constitución permite adquirir la nacionalidad
venezolana a "Los extranjeros o extranjeras que contraigan
matrimonio con venezolano o venezolana . . . ."
Acciones
recomendadas
Por favor continúe escribiendo
a los jefes de estado y a las embajadas, que haya en su
país, de los países que vienen mencionados en
el informe de la campaña e informe a los medios de
comunicación y al público en general de las
leyes que aparecen en el informe. Puede mencionar en sus
cartas las actualizaciones mencionadas anteriormente y urgir
a esos países a que aceleren cualquier iniciativa que
esté en camino para que sus logros puedan ser
resaltados en la Sesión Especial de la Asamblea
General de las Naciones Unidas de Beijing + 5 que se
celebrará en junio del año 2000.
|